domingo 22 de enero de 2012

El mito de las subvenciones


Anda el patio algo revuelto, al menos en mi Isla, a raíz de la reciente publicación hecha por la Federación Insular de Tenerife al respecto del cobro de las subvenciones procedentes de la Federación Nacional. Creo que esto se debe, en parte, al desconocimiento que muchos colombófilos tienen sobre cómo y por qué se cobran estas subvenciones. Citando lo que publica la propia RFCE en su web, estas son las premisas que se han de cumplir para cobrar dichas subvenciones...


  • "Se asigna la subvención a las Territoriales (Federaciones y Delegaciones) para ayuda a los Campeonatos Nacionales a  6,81 € por renovación de licencias absolutas expedidas a fecha límite de 31 de marzo de 2011." Es decir, la subvención se devenga a favor de las Federaciones Regionales o de las delegaciones... pero no de las Federaciones Insulares. En el caso de Canarias, supongo que sería la Comisión Gestora nombrada por la Nacional la nueva receptora de dichos importes... aunque, sabiendo a qué dedica su tiempo libre el Presidente de dicha gestora,... a lo mejor confundió la caja de la Gestora con la de su otra Federación.... je,je,je,je,je 
  • "Según acuerdo de la Asamblea General, la fecha limite para la presentación de la documentación para cubrir esta subvención, será el 15 de septiembre. Todas aquellas territoriales que no presenten esta documentación en fecha, se reintegrará la subvención a recursos de esta Nacional." En el caso de Canarias la cosa vuelve a no ser tan sencilla. Dando por supuesto que la Canaria no había justificado esos gastos en la fecha indicada... lo normal sería que se cumpliera lo expuesto en el documento y la subvención se hubiera reintegrado a los recursos de la Nacional... pero ya se sabe, quien tiene padrino no muere pagano.
  • "Las Territoriales con personalidad jurídica propia deberán remitir Certificado de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias  y de Seguridad Social. Estos tendrán un periodo de validez de 6 meses". Entiendo que la nueva gestora debe haber conseguido esta documentación, pues se plantea como imprescindible para realizar cualquier pago... seguro que sí... ¿verdad?... je,je,je,je,je
  • "Plan de vuelos valorado (Anexo II), debidamente diligenciados con el  coste de las sueltas, identificando el gastos total correspondiente a la  Federación Territorial y el gasto subvencionado por la R.F.C.E". Lo mismo que antes, la gestora se puso manos a la obra y, sobre la marcha, hizo llegar este Anexo II a la Nacional... porque no creo que la Nacional pagara sin tenerlo en su poder... ¿Verdad qué no?.
  • "Facturas originales de los gastos ocasionados en las sueltas correspondientes a esa Territorial, así como, justificante de pago de dicho gasto." Este párrafo es clave para aclarar un concepto que pienso que muchos no tienen claro. La subvención no se devenga simplemente por tener licencia nacional, sino que es fundamental el que se hayan llevado a cabo las sueltas correspondientes a los Campeonatos Nacionales, que son lo que realmente se subvenciona, es decir, a los grancanarios, majoreros, conejeros y gomeros... según la web de la Nacional... no se nos debe nada, pues no realizamos dichas sueltas y, por tanto, tenemos nuestra cuenta saldada con dicha Federación.
  • "Las Territoriales para obtener subvención de la Real Federación Colombófila Española para ayuda a las sueltas de los Campeonatos Nacionales, deberán tener el saldo deudor nivelado." Esta sí que es buena... ¿debemos entender que la nueva gestora ha saldado las deudas que, según la Nacional, mantenía con ella la Canaria y, al parecer, por unos importes muy elevados?.... ¿O habrán pagado las subvenciones, aun sin cobrar dichas deudas?. ¿O no existirán dichas deudas?... ¿O habrá vuelto a actuar el padrino para que el niño no se quede sin bautizar?". Espero que algún día nos lo aclaren.
  • "Las Territoriales serán las últimas responsables que la subvención se destine al fin que fue aprobado por la Asamblea General: subvencionar las sueltas nacionales de las Territoriales, cumpliendo directrices del Consejo Superior de Deportes". Es decir, que la subvención no se puede emplear, por decir algo, para pagar jornadas, viajes de tipos famosos...ni nada de eso.